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Acerca de la Autora

Periodista, graduada de la Universidad Católica. Su experiencia en comunicación se describe en casi 30 años de trabajo. Programa radial y sitio propio desde el 2002. Voceria en gestión gubernamental y de impacto en la Agenda Pública. Asesora en Reputación y Derechos Humanos. Disfruta el mediatraining y la formación de líderes. Innovó en el mercado de la Sustentabilidad Empresaria al fundar la primera Consultora que desarrolló Reportes Sociales en formato QR. Produjo y lideró variadas Campañas de bien público. Trabajó como productora general en diferentes radios y en Grupo Artear. Comunicar es mas que hablar.

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Reforma laboral y plataformas digitales: autonomía o precarización

Reforma laboral y plataformas digitales: autonomía o precarización

Reforma laboral y plataformas digitales: autonomía o precarización Inicio > Economía > Reforma laboral y plataformas digitales

El nuevo capítulo de la reforma laboral impulsada por el Gobierno propone un marco normativo para los servicios de transporte, reparto y mensajería por aplicaciones. Las empresas celebran la libertad contractual; los trabajadores, en alerta por la falta de derechos.

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Una nueva ley para el trabajo digital

El proyecto de Ley para la Independencia y la Libertad de Repartidores en Plataformas Tecnológicas, presentado por el Gobierno nacional, incorpora un capítulo específico dentro de la reforma laboral. Regula las actividades de transporte, reparto y mensajería digital, con foco en la libertad de contratación y el trabajo independiente.

El texto busca promover el desarrollo de la economía de plataformas y asegurar —según el Gobierno— la independencia de los repartidores. Pero el debate no tardó en surgir: ¿libertad o precarización encubierta?

Qué cambia con la reforma

La propuesta define a los prestadores como “repartidores independientes de plataformas”, evitando el término “trabajadores”. Introduce nuevas categorías: mensajería urbana, contrato de prestación de servicios y plataforma tecnológica. Así, el vínculo deja de ser laboral y pasa a ser estrictamente comercial.

Los repartidores podrán conectarse libremente, aceptar o rechazar pedidos y definir sus horarios. No estarán obligados a mantener una jornada mínima ni a aceptar un número determinado de pedidos. En los hechos, el esquema reconoce un trabajo autónomo, pero con escasa protección social.

Derechos y obligaciones

La ley propone que las plataformas respeten la libertad de conexión, provean elementos de seguridad vial y mantengan canales humanos de atención. Además, deberán ofrecer capacitaciones obligatorias en conducción segura y manejo responsable.

Por su parte, los repartidores deberán estar inscriptos en AFIP, realizar sus aportes y poseer una cuenta bancaria o billetera digital para cobrar sus servicios. También tendrán derecho a recibir el 100% de las propinas otorgadas por los usuarios.

Autonomía o desprotección

Los defensores del proyecto argumentan que la norma “moderniza” la legislación laboral y reconoce la flexibilidad de la economía digital. Sin embargo, sindicatos y especialistas advierten que puede consolidar un modelo sin vacaciones, aguinaldo ni cobertura ante accidentes.

“Se trata de una independencia formal, pero sin derechos básicos”, señalaron desde asociaciones de repartidores que reclaman una figura intermedia entre el trabajo autónomo y el asalariado.

El contexto político

La iniciativa forma parte del paquete de reformas estructurales que el Ejecutivo busca aprobar antes de fin de año, junto a la reforma tributaria y la modernización del empleo público. En el Congreso, se anticipa un debate tenso: mientras el oficialismo defiende la “libertad de elegir”, la oposición y los gremios advierten un retroceso en materia laboral.

En paralelo, desde el Ministerio de Capital Humano destacan que la ley apunta a “formalizar el trabajo digital y abrir oportunidades de capacitación e inclusión financiera”.


Fuente: Proyecto de Ley 3441-D-2024 – Cámara de Diputados de la Nación.

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